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- ÁREA LABORAL -
Beneficios Laborales
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Guía de modalidades de contratos y Medidas de fomento de la contratación
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Notas sobre la nueva Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
jurisdicción social
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La contratación de servicios al Centro Especial de Empleo,
computa como la creación de puestos de trabajo a favor de
personas discapacitadas, de acuerdo con el art. 2.1 del Real
Decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE 94, 20 de abril 2005), por
el que se establecen medidas alternativas de carácter
excepcional al cumplimiento de la LISMI (Ley de Integración
Social del Minusválido) que fija la cuota de reserva del 2 por
100 a favor de personas discapacitadas en empresas de 50 o más
trabajadores. La facturación equivalente a 3 veces el IPREM
anual supone la creación indirecta de un puesto de trabajo para
personas discapacitadas.
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La realización de donaciones a favor de una Fundación Privada o
Asociación computa como creación de puestos de trabajo a favor
de personas discapacitadas, de acuerdo con el art. 2.3 del Real
Decreto 364/2005, de 8 de abril. Las donaciones equivalentes a
1,5 veces IPREM anual, suponen la creación indirecta de un
puesto de trabajo para personas con discapacidad.
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La búsqueda y selección de los perfiles profesionales requeridos
por la empresa, a cargo del equipo de inserción que tutela todo
el proceso. En el caso de perfiles profesionales con
discapacitados contribuye al cumplimiento de la Ley 13/1982 de 7
de abril, de integración social de los minusválidos.(BOE 103, 30
de abril de 1982).
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NORMATIVA DE
LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA -
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
LEY 10/2006, de 26
de diciembre, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos
Laborales. (Se
crea el Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, como
organismo autónomo de carácter administrativo de la Junta de
Andalucía, con personalidad jurídica y patrimonio propios,
independientes de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo
previsto en el artículo 4.1 de la Ley 5/1983, de 19 de julio,
General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.)
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Decreto 313/2003, de 11 de noviembre, que aprueba el Plan General
para la Prevención de Riesgos Laborales en Andalucía (B.O.J.A.).
FOMENTO DEL EMPLEO
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BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN LABORAL. Cuadro resumen de normativa vigente (Febrero 2011)
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Decreto 175/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan de
Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía (B.O.J.A.
de 3 de noviembre de 2006).
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Decreto 149/2005, de 14 de junio, por el que se regulan los
incentivos a la contratación con carácter indefinido (B.O.J.A. de 24
de junio de 2005), modificado por el
Decreto 58/2007, de 6 de marzo (B.O.J.A. de 17 de abril de 2007).
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Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los
Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía
(B.O.J.A. de 28 de abril de 2003).
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Decreto 141/2002, de 7 de mayo, sobre incentivos, programas y
medidas de fomento a la creación de empleo y al autoempleo (B.O.J.A.
de 18 de junio de 2002), derogado parcialmente por el Decreto
149/2005, de 14 de junio.
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Decreto 199/1997, de 29 de julio, por el que se establecen los
Programas de Fomento de Empleo de la Junta de Andalucía (B.O.J.A. de
5 de agosto de 1997), modificado por el
Decreto 119/2000, de 18 de abril (B.O.J.A. de 13 de mayo de 2000),
y por el Decreto 363/2000, de 28 de julio (B.O.J.A. de 3 de
agosto de 2000).
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